Por Corrientes al Día
El Tribunal de Juicio de Paso de los Libres condenó a Cristian Jonathan Espíndola a prisión perpetua por el abuso sexual seguido de muerte de Milagros Ramona Espinoza, ocurrido el 29 de mayo de 2024 en la ciudad correntina de Monte Caseros.
En el mismo fallo, los jueces absolvieron a Nicolás Agustín Espíndola y Jorge David Espíndola al considerar que las pruebas reunidas durante el proceso no fueron suficientes para acreditar su responsabilidad en el crimen.
Mediante la Sentencia N.º 52, el Tribunal hizo lugar parcialmente a las acusaciones formuladas por el Ministerio Público Fiscal y la querella particular.
Cristian Jonathan Espíndola fue declarado autor penalmente responsable del delito de abuso sexual seguido de muerte, contemplado en el artículo 124 del Código Penal.
La condena incluye las accesorias legales y las costas del proceso, según lo establecido por el Código Penal y el Código Procesal Penal de Corrientes.
El fallo responde al hecho cometido contra Milagros Espinoza el 29 de mayo de 2024, caso por el cual tres personas llegaron a juicio.

Absolvieron a los otros dos imputados
Los magistrados rechazaron las acusaciones contra Nicolás Agustín Espíndola y Jorge David Espíndola y dispusieron sus absoluciones por insuficiencia probatoria.
Nicolás había sido llevado a juicio como presunto partícipe secundario y en condición de adolescente punible, mientras que a Jorge David Espíndola se le atribuía una posible coautoría material.
El Tribunal concluyó que no existían elementos suficientes para sostener esos roles con el grado de certeza exigido para una condena. Las absoluciones fueron dictadas sin costas respecto de los gastos del proceso.
El Tribunal determinó que Cristian Jonathan Espíndola deberá cumplir la pena en la Unidad Penal N.º 1 de la ciudad de Corrientes, establecimiento destinado a personas condenadas.
El traslado se concretará cuando la sentencia quede firme, luego de cumplirse los plazos y las instancias procesales correspondientes.
También se ordenó inscribir la condena en el registro especial relacionado con esta clase de delitos y realizar las comunicaciones previstas por el Código Procesal Penal provincial.
Respecto de un elemento secuestrado que no fue incorporado al debate, la parte interesada deberá solicitar su devolución ante la Fiscalía o iniciar el trámite correspondiente en la Justicia civil.
La sentencia completa y sus fundamentos escritos serán puestos a disposición de todas las partes dentro de los cinco días.






