Cristina Kirchner cumplirá prisión domiciliaria con tobillera electrónica y visitas controladas

Publicado en junio 17, 2025.

Por Corrientes al Día

El Tribunal Oral Federal N°2 resolvió este martes 17 de junio de 2025 otorgarle la prisión domiciliaria a la ex presidente Cristina Fernández de Kirchner, quien deberá cumplir su condena firme de seis años por administración fraudulenta en la causa “Vialidad” en su departamento de la calle San José 1111, en el barrio porteño de Monserrat.

La medida llega tras el fallo de la Corte Suprema, que la semana pasada dejó firme la condena, inhabilitándola además de por vida para ejercer cargos públicos. Cristina Kirchner no se presentará en Comodoro Py y ya fue notificada de manera formal, según consta en la resolución judicial a la que accedió Corrientes al Día.

Puntos clave de la decisión del tribunal

Lugar de cumplimiento: Residencia ubicada en San José 1111, 2° piso, departamento “D”, Ciudad de Buenos Aires.

Condiciones impuestas:

  1. Tobillera electrónica obligatoria, que será colocada por el Ministerio de Seguridad de la Nación.
  2. Permanencia estricta en el domicilio, con salidas permitidas solo por razones excepcionales y con autorización previa del tribunal.
  3. Visitas restringidas: en 48 horas deberá entregar una lista con los nombres de familiares, médicos, abogados y custodios autorizados a ingresar.
  4. Monitoreo trimestral: un equipo especializado evaluará cada tres meses el cumplimiento de las reglas impuestas.
  5. Prohibición de generar disturbios o alterar la convivencia vecinal.

Garante del cumplimiento: Su hijo, el diputado nacional Máximo Kirchner

Aunque los fiscales Luciani y Mola se opusieron al pedido, el tribunal consideró varios factores a favor de Cristina Kirchner:

  • Su edad (72 años), contemplada en el artículo 32 inciso “d” de la ley 24.660 como causal para detención domiciliaria.
  • El intento de magnicidio sufrido en 2022, que todavía se investiga judicialmente, y que podría exponerla a situaciones de riesgo dentro de una unidad penitenciaria.
  • La imposibilidad de garantizar su integridad física sin someterla a un régimen de aislamiento prolongado, lo cual sería contrario a tratados internacionales de derechos humanos como las Reglas de Mandela.

El tribunal cuestionó privilegios, pero priorizó derechos

En su extensa resolución, el TOF N°2 fue claro: “Ningún expresidente debe quedar exento del régimen carcelario por su sola investidura”, aludiendo al principio de igualdad ante la ley. Sin embargo, remarcó que la situación concreta de la ex mandataria —por edad, estado de salud y seguridad personal— justifican la modalidad domiciliaria como única vía compatible con la Constitución y los tratados internacionales.

Además, descartó los planteos de la defensa sobre evitar el uso de tobillera: “La ley exige el dispositivo electrónico salvo casos excepcionales, y este no lo es”, respondieron los jueces.

Con esta decisión, queda sin efecto la citación previa para presentarse en tribunales, y se da por iniciado el cumplimiento de la condena. El próximo paso será continuar con el cómputo de pena y controlar el cumplimiento de las normas impuestas.

Foto: REUTERS

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