El Gobierno reglamentó el Régimen Penal Juvenil: a quiénes alcanza

Publicado en septiembre 7, 2026.

Por Corrientes al Día

El Gobierno nacional reglamentó el nuevo Régimen Penal Juvenil, que establece la responsabilidad penal de adolescentes de entre 14 y 17 años. La medida fue formalizada mediante el Decreto 875/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial.

La normativa permite que quienes hayan cumplido 14 años sean investigados y juzgados por delitos contemplados en el Código Penal y en leyes penales especiales. Sin embargo, deberán transitar un procedimiento específico, con garantías y sanciones diferenciadas de las aplicadas a las personas adultas.

El decreto lleva las firmas del presidente Javier Milei, el ministro de Justicia, Diego Santilli, y el secretario Juan Bautista Mahiques.

La Ley 27.801 contempla condenas, penas alternativas y, para determinados delitos, la privación de la libertad. También establece que cualquier restricción de derechos debe aplicarse de manera excepcional, proporcional y procurando la educación, resocialización e integración del adolescente.

Entre las medidas alternativas previstas aparecen la asistencia a programas educativos, tratamientos médicos o psicológicos, capacitaciones laborales, tareas comunitarias, monitoreo electrónico y reparación del daño causado.

La ley prohíbe las penas de prisión o reclusión perpetua para adolescentes y fija en 15 años el plazo máximo de privación de la libertad.

Supervisores especializados para cada causa

Una de las principales novedades es la incorporación de la figura del supervisor especializado, encargado de acompañar, asistir y controlar al adolescente durante el proceso judicial y el cumplimiento de las medidas dispuestas.

Para desempeñar esa función, los profesionales deberán acreditar formación en áreas como educación, pedagogía infantojuvenil, psicología, adicciones o trabajo social.

El decreto creó además el Registro de Supervisores del Régimen Penal Juvenil, que funcionará bajo la órbita del Ministerio de Justicia.

Mientras se realiza la primera convocatoria pública, el organismo elaborará un listado provisorio de profesionales habilitados. Ese proceso deberá completarse en un plazo máximo de 180 días, y los jueces seleccionarán de allí al supervisor para cada expediente.

Cuando quede constituido el registro definitivo, quienes no sean incorporados ya no podrán recibir nuevas designaciones. No obstante, el juez podrá decidir que continúen interviniendo en las causas que ya tenían asignadas.

El Ministerio de Justicia será la autoridad de aplicación y tendrá a su cargo la implementación y coordinación general del régimen en la Justicia nacional y federal.

Para articular las políticas públicas fue creado el Comité Interministerial del Régimen Penal Juvenil, integrado por representantes de los ministerios de Justicia, Seguridad Nacional, Capital Humano y Salud.

Entre sus funciones estarán:

  • Elaborar criterios comunes de prevención, abordaje y reinserción.
  • Coordinar la ejecución de penas alternativas.
  • Intercambiar información técnica y estadística.
  • Formular recomendaciones sobre la implementación del sistema.

El comité también podrá convocar a la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, organismos dedicados al abordaje de consumos problemáticos, la Procuración General de la Nación, la Defensoría General y dependencias del Poder Judicial.

Cómo se aplicará en las provincias

La reglamentación puso en marcha la Mesa Federal del Régimen Penal Juvenil, un espacio permanente de articulación entre la Nación, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La participación de las jurisdicciones será voluntaria. El objetivo será armonizar criterios técnicos y procesales, compartir experiencias y facilitar convenios de cooperación para aplicar el nuevo sistema en todo el país.

Cada provincia podrá designar un representante. También fueron invitadas a participar la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la Procuración General y la Defensoría General.

El nuevo régimen también reconoce garantías específicas para las víctimas, entre ellas la tutela judicial efectiva, la asistencia especializada y el patrocinio jurídico gratuito cuando no puedan afrontar los gastos.

Además, el Ministerio de Justicia deberá implementar capacitaciones continuas para jueces, fiscales, defensores y demás operadores del sistema penal juvenil.

Por último, se habilitó un mecanismo de comunicación con el Registro Nacional de Reincidencia para efectuar el seguimiento de los adolescentes alcanzados por el régimen. La información deberá manejarse bajo las condiciones de confidencialidad y reserva previstas por la ley.

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