Colombi recibió un nuevo revés judicial a su intento de romper la normalidad en la UCR

Publicado en marzo 8, 2025.

La Jueza Federal, María R. Servini, a cargo de la Secretaría Electoral del Poder Judicial de la Nación, resolvió “no hacer lugar al planteo de nulidad interpuesto por el Sr. Horacio Ricardo Colombi”.

La medida (13914/2024) es en respuesta al pedido de “impugnación del Acto de Órgano o Autoridad Partidaria Intervención UCR Corrientes”, presentado por el senador provincial y ex titular de la fuerza ahora conducida por el gobernador Gustavo Valdés y avalada ya por la Justicia nacional.

Así es que Servini declaró que “carece de interés jurídico el expediente en la presente causa por haberse tornado abstracta la cuestión planteada, en virtud de la proclamación de las nuevas autoridades de la Unión Cívica Radical”.

El abogado Armando Aquino Britos, patrocinante de Colombi, cuestionó la Intervención mencionada y como respuesta recibió por parte de Servini que “no se ha acreditado que la intervención del Distrito Corrientes no sea una decisión regularmente adoptada por la Mesa Directiva del Comité Nacional, ni que sea manifiestamente irrazonable, destacando que tanto la Mesa Directiva como el Comité tienen facultad para disponer la intervención durante el receso de los plenarios de la Convención y el Comité”.

Y remarcó la legitimidad de la Intervención que proclamó a Valdés presidente del radicalismo correntino, indicando que “conforme se desprende del Acta N° 346, de la reunión de la Mesa Directiva del 30 de octubre de 2024 participaron trece (13) de sus integrantes y la resolución de intervención fue votada por unanimidad de los presentes, es decir, por el voto de trece (13) miembros de la Mesa Directiva, superándose así ampliamente los dos tercios requeridos”.

A su vez, la jueza Servini considera legítima la elección que convirtió a Valdés en presidente del Comité Central de la UCR Corrientes, al afirmar en esta misma resolución que “como es de público conocimiento, las elecciones internas en la Unión Cívica Radical del distrito Corrientes fueron llevadas a cabo el 22 de diciembre del pasado año, y habiendo sido compulsado el expediente respectivo de dicha jurisdicción (Exp. CNE N° 5029076/1987) se advierte que las autoridades partidarias fueron proclamadas y comunicadas ante el juez competente”.

Por ello, la medida que rechaza este nuevo planteo de Colombi para evitar la normalidad de la UCR en Corrientes, establece que “habiéndose cumplido el objeto fijado por la intervención es que ante estas circunstancias, carece de interés jurídico expedirse respecto del planteo indicado en la presente por haberse tornado abstracta la cuestión planteada”.

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