El Gobierno Nacional continúa flexibilizando las restricciones que impuso para controlar el avance de la pandemia Covid-19 y este viernes difundió los requisitos que se deberán cumplir para ingresar a la Argentina.
Mediante la Decisión Administrativa 932/2021, publicada en el Boletín Oficial con las firmas del nuevo jefe de Gabinete, Juan Manzur, y de la ministra de Salud, Carla Vizzotti, se estableció que quedan exceptuados de realizar la cuarentena aquellos argentinos y personas residentes en el territorio nacional que hubieran viajado al exterior, y hayan completado el esquema de vacunación por lo menos 14 días antes de su ingreso al país.
“Las personas vacunadas consignarán dicho extremo en la declaración jurada exigida por la Dirección Nacional de Migraciones”, señala el texto.
Destaca que se exige adicionalmente a la prueba PCR negativa en origen realizada dentro de las 72 horas previas al embarque y al test de antígenos solicitado al ingreso al país, otro análisis que se realizará, entre el día quinto y séptimo, computados desde el arribo al país, y cuyos resultados deberán ser negativos.
La medida se aplica tanto para los argentinos que regresan al país como los extranjeros residentes y las personas extranjeras no residentes autorizadas expresamente por la Dirección Nacional de Migraciones para desarrollar una actividad laboral, comercial esencial o deportiva profesional para la que fueron convocadas.
También deberán contar con el comprobante de vacunación registrado en la aplicación Mi Argentina, si la vacunación hubiera sido realizada en la Argentina.
En el caso de quienes se vacunaron en el exterior, “deberán contar con el comprobante validado por el país que efectuó la vacunación”.
Se pide también exhibir el comprobante de vacunación cuando le sea requerido por las autoridades competentes al arribo al país. La condición también rige al momento de ser solicitado por “los operadores de transporte o por la jurisdicción del domicilio del ingresante, o la de tránsito, cuando controla el cumplimiento de las disposiciones”.
Advierten que, las personas que ingresen a la Argentina tendrán que “desarrollar sus actividades sociales y/o laborales y/o comerciales y/o deportivas extremando la observancia de las medidas de prevención y cuidado, por el plazo de diez días computados desde la toma de muestra de la prueba PCR negativa en origen, realizada dentro de las 72 horas previas al embarque”.
Durante ese lapso queda prohibido concurrir a eventos masivos, o utilizar el transporte colectivo de pasajeros terrestre, salvo en las situaciones expresamente autorizadas.
Los argentinos como los extranjeros residentes en la Argentina que hayan viajado al exterior y no cuenten con un esquema completo de vacunación realizado con una antelación mayor a 14 días al momento de su ingreso al país, incluidas las personas para quienes las vacunas no están hasta el momento autorizadas, deberán realizar el aislamiento de dos semanas.
Cabe recordar que la Decisión Administrativa 846/21 eliminó desde el 20 de septiembre de 2021 la obligación de realizar una cuarentena obligatoria al regresar al país para nacionales, extranjeros residentes y extranjeros no residentes expresamente autorizados por la Dirección Nacional de Migraciones.