El curso virtual sobre la nueva ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) fue una propuesta de la cuenta de Instagram Abogada de Mujeres, a cargo de Julieta Molina. En cuatro encuentros semanales se abordaron temas vinculados con la ley recientemente sancionada, a través de una perspectiva multidisciplinaria a los fines de comprender el carácter integral de la temática.
La psicóloga y sexóloga Celeste Simón fue la primera disertante. La abogada e investigadora Marisa Herrera estuvo a cargo de la segunda exposición. La tocoginecóloga Fabiana Taul trató el aborto desde las ciencias médicas en la tercera jornada. El cierre fue realizado por la abogada organizadora quien se centró en el tema de la constitucionalidad de la ley 27.610.
ESI y salud
"Seguir dando batalla a los discursos antiderechos”, fue una de las premisas del curso expresadas por Julieta Molina en la presentación del primer encuentro. Para el mismo se convocó a la licenciada en psicología y sexóloga, Celeste Simón, quien tuvo a su cargo el tema ‘Importancia de la Educación Sexual Integral (ESI). Anticonceptivos’.
Según destacó Simón, la ESI es “una educación que articula herramientas para una soberanía sexual”. En tal sentido se refirió a la necesaria integración entre los aspectos biológicos, psicológicos, sociales, afectivos y éticos. “Hay muchos mitos corriendo”, alertó.
Celeste Simón detalló cinco ejes en materia de ESI: reconocer la perspectiva de género, respetar la diversidad, valorar la afectividad, ejercer nuestros derechos y cuidar el cuerpo y la salud. "Es tan doloroso lo que hacen en la identidad los estereotipos de género”, señaló en referencia al componente afectivo de la propuesta. En relación con el cuidado del cuerpo y la salud, incluyó la reflexión crítica sobre modelos y mensajes de belleza.
En base al principio "el conocimiento es poder", analizó los distintos métodos anticonceptivos y alertó sobre la importancia de los de barrera en los diferentes tipos de relaciones.
Acerca de la ley
La doctora en derecho Marisa Herrera estuvo a cargo del segundo encuentro. La profesional analizó rigurosamente la ley 27.610. “Nada se construye solo”, subrayó al inicio de su exposición en la que hizo referencia a la lucha previa, a las leyes anteriores vinculadas a la temática de género y a la vinculación que definió como “interesante” entre la ley que regula la IVE y la 27.611 del plan mil días.
Herrera distinguió despenalización de legalización y destacó el aumento de legisladoras mujeres que votaron a favor en relación con lo ocurrido durante el tratamiento parlamentario 2018. En cuanto a la reglamentación, la abogada señaló que en general se trata de “una ley bastante clara y tenemos que evitar que la reglamentación la oscurezca”.
Posteriormente, Herrera hizo un repaso por el articulado. Así, se refirió al objeto de la ley previsto en el artículo 1 y definido como el acceso a la IVE y a la atención post aborto. “Esto tiene que ver con la salud pública y los derechos humanos”, subrayó. Por su parte, el artículo 3 refiere al marco normativo constitucional y el 4 determina el ámbito de aplicación de la ley. “Hay un plazo sin causas y causas sin plazo”, afirmó. Asimismo, destacó que aunque no se use la palabra integral “el concepto de salud lo es”.
Un apartado especial le dedicó al tema ‘objeción de conciencia’, regulado en el artículo 11. En ese punto remarcó que la misma sólo está prevista para los profesionales y no para las instituciones. Hizo referencia, también, a la necesaria vinculación del artículo 5 con otras leyes y temáticas, como la importancia del resguardo de la privacidad y confidencialidad en los casos de niñas y adolescentes. Asimismo, trató el tema del consentimiento según la edad (artículo 8) y la situación de las personas con capacidad restringida (artículo 9).
Por último, Herrera hizo mención a la judicialización de la ley, los casos de procesos iniciados en distintas localidades del país y los aspectos relacionados como son las competencias o las legitimaciones pasiva y activa.
Antes y después del misoprostol
Fabiana Taul es ginecóloga y obstetra. A cargo de la cuenta @soberaniamenstrual se refirió al aborto desde las ciencias médicas y a los diferentes tipos de intervenciones. "La medicina es verticalista" expresó en relación a una especialidad ejercida en un 80% por mujeres que no logran llegar a cargos de jerarquía. En ese contexto, comentó que al momento de enfrentar la realidad de la IVE resulta "difícil encontrar acompañamiento y no hostigamiento".
Taul explicó que se entiende por aborto a "la interrupción de un embarazo de menos de 20 semanas o de un feto de menos de 500 gramos". Estos criterios se relacionan con la cuestión 'viabilidad', estrechamente vinculada al grado de desarrollo de la medicina y a la situación sanitaria de cada país. Desde el té de ruda hasta la colocación de sonda vesical en el cuello del útero, pasando por el perejil, las agujas de tejer o los alambres, un largo camino de clandestinidad marcó el tema. "Y la clandestinidad está vinculada a la desigualdad social", señaló.
La profesional destacó la importancia de la aparición del misoprostol. El medicamento, creado originalmente para el tratamiento de úlceras gástricas por procesos inflamatorios, se caracteriza por generar contracciones uterinas y dilatación del cuello de ese órgano. Fabiana Taul se refirió a su alta efectividad, principalmente entre las semanas siete y nueve de gestación.
Más adelante en su exposición señaló los supuestos en los que el misoprostol está contraindicado. Ellos son: la presencia de un dispositivo intrauterino (DIU), la existencia de trastornos circulatorios en la persona gestante y una cesárea en el período de seis meses inmediatamente anterior. Más allá de estas premisas a tener en cuenta, la médica subrayó como esencial que haya un profesional de la salud en el control de su utilización.
"En 2005, la Organización Mundial de la Salud declaró al misoprostol un medicamento de necesidad", afirmó y agregó "Después del misoprostol las muertes por abortos disminuyeron muchísimo". La médica mencionó también a la mifepristona, un antagonista de la progesterona que se utiliza en algunos países como previo al misoprostol pero que en Argentina no ha sido aún aprobado por la ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica).
En la explicación de distintos procedimientos, la médica habló de la aspiración manual intrauterina (AMEU) que reemplazó al raspado uterino evacuador, procedimiento éste cuyo desuso aconsejó la OMS. La profesional comentó las características de los métodos y su concreción más allá de la temática tratada. Finalmente, y antes de quedar a disposición para las preguntas de les asistentes, destacó la importancia de indicar el método anticonceptivo post aborto más adecuado para la persona.
La ley y la Constitución
La organizadora del curso, la abogada Julieta Molina, fue la encargada de dar la última clase. El tema tratado fue la constitucionalidad de la ley 27.610. Su exposición comenzó con una noción sobre la Constitución y los tipos de interpretación de la misma, dirigidos a determinar el sentido y finalidad de los principios incluidos en esa ley superior.
Molina se refirió al artículo 31 de la Constitución Nacional y a la jerarquía legal allí indicada. Entre los tratados internacionales que ocupan la más alta posición, la abogada destacó a la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención sobre los Derechos del Niño.
"El control de constitucionalidad es un procedimiento por el que se da efectividad a la supremacía de la Constitución", manifestó. La expositora explicó que el sistema nacional previsto para tal fin es judicial y difuso. "Los jueces sólo podrán juzgar a la ley para un caso en concreto y la resolución judicial produce efectos limitados". Esto implica que la norma no quedaría derogada por un planteo de inconstitucionalidad sino que la sentencia se aplicaría al caso concreto judicializado. La profesional del derecho detalló los requisitos para el planteo de inconstitucionalidad. Ellos son: una causa judicial, la petición de parte y la existencia de un interés legítimo para accionar.
En apoyo al carácter constitucional de la ley 27.610, Molina señaló que la Convención Americana de Derechos Humanos consagra una protección gradual a la vida, según la interpretación de la Corte Interamericana. Ello implica un especial respeto a los derechos de la mujer gestante. Por otra parte, la Convención de los Derechos del Niño no establece una protección a la vida desde la concepción. La abogada recordó que el Comité de los derechos del niño había recomendado a Argentina la revisión de su legislación penal en la materia a fin de garantizar especialmente los derechos de niñas y adolescentes.
Por último, Molina apeló a la necesidad de una interpretación integral de la ley y el respeto a los preceptos constitucionales de igualdad y no discriminación.
La evaluación de la organizadora
Consultada por Periódicas, Julieta Molina señaló que tanto este curso como los organizados el año pasado "son propuestas que muches estábamos necesitando en un contexto en donde no podemos reunirnos presencialmente". Asimismo destacó sus ventajas: "Son cursos cortos, que lograron reunir a personas de distintos lugares del país de forma muy accesible. Con una computadora o un celular, a un precio simbólico o gratis y con disertantes de excelencia en sus profesiones y con formación en género".
La organizadora destacó que, "como un desafío a futuro", le gustaría lograr la certificación de una institución educativa. "Este curso en particular -concluyó- fue una experiencia maravillosa y enriquecedora ya que conversamos sobre la nueva ley de interrupción voluntaria del embarazo, analizándola desde distintas disciplinas como son el derecho, la medicina, la psicología y con el componente de la ESI. Por supuesto, siempre va a haber cosas para mejorar pero superó mis expectativas y me dejó con muchas ganas de seguir trabajando en pos de nuevas propuestas de formación".
Fuente y foto: periodicas.com.ar