El Ministerio de Producción hace extensiva la convocatoria a productoras y elaboradoras de alimentos y bebidas a participar del Programa Nacional de Promoción de Agregado de Valor para el Desarrollo Regional (DesarrollAR), a través del cual los beneficiarios contarán con un aporte no reintegrable por inversiones, tales como adquisición de bienes de capital y tecnología. Desde la cartera nacional se consignó que hasta el 31 de marzo se recibirán proyectos de Pymes que busquen agregar valor y mejorar sus condiciones competitivas.
Dirigido a las micro, pequeñas y medianas empresas productoras y/o elaboradoras de alimentos y/o bebidas, el objetivo de este programa es potenciar las oportunidades de las pymes para agregar valor y mejorar sus procesos productivos e industriales. En los proyectos se considerará, además de lo que se consigne en el Formulario de Registro, el impacto económico, tecnológico y social de los logros previstos, como también la solvencia técnica existente para mantener, mejorar y/o aumentar la producción o elaboración del solicitante.
El Programa DesarrollAR brinda a las empresas beneficiarias una asistencia económica, consistente en:
-Reintegro equivalente como máximo de hasta el 50% del monto total de la inversión realizada, y con un límite de hasta $350.000 en mejoras en infraestructura, obras menores, adquisición de instalaciones y maquinaria para modernizar la línea de producción, insumos necesarios para modernización de procesos productivos y/o adquisición o adopción de tecnologías digitales para modernizar procesos y/o sistemas industriales y comerciales, así como el control de los mismos.
-Cuando en el caso del punto anterior, la inversión prevista en el proyecto guarde además relación directa con la implementación necesaria para lograr la certificación relativa al Certificado Oficial que le resulte aplicable, se podrá solicitar un reintegro adicional de hasta $150.000, incluidas las mejoras necesarias para su obtención, así como los gastos de certificación y/o auditoría relativa al Certificado Oficial respectivo, una vez obtenido y siempre que ello se hubiera consignado y solicitado en el formulario previsto en el Anexo I de la presente como requisito excluyente. En tal caso el límite máximo del reintegro contemplando ambas situaciones será el equivalente de hasta el 50% del monto total de la inversión realizada, y con un límite de hasta $500.000.
El trámite de solicitud debe realizarse exclusivamente a través del portal de Trámites a Distancia (TAD): https://tramitesadistancia.gob.ar