Elecciones en Corrientes: la Justicia declaró inconstitucional el decreto 1260 y el Gobierno apelará

Publicado en junio 27, 2025.

La jueza electoral María Eugenia Herrero declaró este viernes la inconstitucionalidad del decreto 1260, firmado por el gobernador Gustavo Valdés. La norma limitaba las alianzas municipales de cara a las elecciones del 31 de agosto y había generado un fuerte rechazo y presentaciones por parte de la oposición.

La resolución judicial, emitida desde el Juzgado Civil y Comercial N°3, le dio la razón a los partidos opositores, que habían solicitado la nulidad del decreto argumentando que modificaba las reglas del juego electoral a pocos días de la contienda.

No se pueden cambiar las condiciones sobre la marcha”, plantearon los referentes opositores en su presentación. Y la Justicia coincidió: Herrero consideró que el decreto vulnera principios constitucionales y, por lo tanto, no puede aplicarse en el proceso en marcha.

El Gobierno apelará

Desde Casa de Gobierno no tardaron en reaccionar: el Ejecutivo anunció que apelará el fallo ante la Cámara Electoral, defendiendo la validez del decreto. “Se trata de una herramienta que busca ordenar el sistema de adhesión de boletas y evitar confusiones en el votante”, reiteraron, en consonancia con lo ya expresado en conferencia de prensa por el fiscal de Estado, Horacio Ortega.

Ortega fue contundente en sus declaraciones por previas al fallo expricando que: “El decreto fue dictado en el marco de las facultades reglamentarias del Gobernador, no modifica el sistema electoral, solo ordena un artículo específico del Código Electoral Provincial”.

Según detalló el funcionario, el decreto regula el artículo 162 del Código Electoral, que se refiere específicamente a la modalidad de adhesión de boletas entre las categorías provinciales (como gobernador) y municipales. En ese sentido, subrayó que la medida no altera el proceso electoral ni afecta la participación de los partidos:

No hay ninguna injerencia en la vida interna de los partidos ni en la libre competencia electoral. Lo único que se busca es evitar la multiplicidad de formatos que pueda generar confusión en el votante”, remarcó.

Ortega hizo hincapié en que la resolución fue avalada por jurisprudencia previa, tanto de la justicia local como de la Cámara Nacional Electoral. Y rechazó las críticas por supuesta extemporaneidad: “No hay plazos vencidos ni actos jurídicos pendientes. No se trata de cuándo se hizo, sino de que era necesario hacerlo para garantizar claridad y transparencia”, afirmó.

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