Familias correntinas recuperaron inmuebles que fueron decomisados por error

Publicado en abril 4, 2025.

A.J.Q. intentó vender su propiedad ubicada en el paraje Medina Cué, en las cercanías de la localidad correntina de Itatí, pero al recibir el informe del Registro de la Propiedad Inmueble (RPI) se enteró que ella no era más la dueña. Su inmueble se encontraba inscripto a nombre del Estado Nacional, como consecuencia del decomiso ordenado en un caso de narcotráfico que tuvo sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOCF) de Corrientes el 23 de marzo de 2018.

La mujer acudió a la defensa pública y fue representada por la Dra. Lara Leguizamón, titular de la Defensoría Pública Oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia Nº1 de Corrientes, debido a su especial situación de vulnerabilidad, ya que un error del sistema judicial la había privado de su derecho de propiedad.

A partir del trabajo de análisis que efectuó el equipo de la defensa pública sobre distintos informes, planos catastrales de los predios, su ubicación y situación dominial, se pudo conocer la magnitud que tuvo el error judicial: la misma situación que atravesaba A.J.Q. también afectaba a seis propietarios más de inmuebles y familias radicadas en el paraje.

El fallo de 2018 había decomisado un inmueble, ubicado en el kilómetro 82 de la Ruta Provincial N°20 (de acceso a Itatí) a quinientos metros de la Ruta Nacional N°12, que era utilizado por los condenados en la causa para la comisión del delito de almacenamiento de estupefacientes con fines de comercialización. Pero al anotar el decomiso en el RPI, de manera errónea, se consignaron inscripciones antiguas que referían a un inmueble de mayor extensión que el decomisado y a otros, que se hallaban fuera de él y que nada tenían que ver con el objeto de la medida ordenada en la causa por narcotráfico. De hecho, las propiedades afectadas por el error están ubicados sobre la Ruta Nacional N°12 a una distancia aproximada de cuatro kilómetros del inmueble mencionado en la sentencia

Frente a ello, la defensora Leguizamón evaluó cuál sería la vía más rápida y efectiva para recuperar la titularidad registral de su asistida y el resto de los/as afectados/as. De ese modo, consideró que promover una demanda contra el Estado conllevaría procesos complejos (traslado de la demanda, apertura de la causa a pruebas, alegatos, sentencia y eventuales recursos) que demorarían la restitución de los inmuebles a los/as interesados/as.

Por eso, la defensa pública intentó una vía alternativa para lograr que el organismo judicial que cometió el error involuntario lo subsane. Para ello, la Dra. Leguizamón se entrevistó con la Presidencia del TOCF, demostró mediante documentación el error que se había cometido en la causa y realizó una presentación autónoma.

A raíz de esta iniciativa, luego de recibir el informe del RPI, el TOCF dictó una resolución que ordenó rectificar las anotaciones regístrales devolviendo las cosas al estado anterior al error judicial. De ese modo, el inmueble de A.J.Q. y los de sus vecinos/as quedaron nuevamente registrados a nombre de sus propietarios legítimos, quienes recuperaron su titularidad dominial.

“El trabajo en equipo de toda la Defensoría y la colaboración en la compilación y el análisis de toda la documentación registral, los antecedentes de dominio, planos e informes, fue lo que permitió comprender la magnitud de lo ocurrido a partir de este error judicial, para trasmitirlo al Tribunal y lograr su rectificación”, destacó la Dra. Leguizamón.

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