El proyecto fue presentado por los ediles capitalinos, Florencia Ojeda y Yamandú Barrios y pretende que los vecinos puedan conocer si dentro de un radio de 30 cuadras reside una persona condenada por abuso.
La propuesta consiste en la creación de un Registro de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual que funcione en el ámbito de la Municipalidad de Corrientes y entre cuyos objetivos se cuenta la prevención de este grave delito y la protección de los vecinos.
“El acceso al conocimiento de la presencia de condenados por delitos contra la integridad sexual dentro del radio de su domicilio es un derecho de todos los vecinos”, plantea entre sus consideraciones el proyecto, en su artículo Nº 5, mencionado como “Derecho a la radicación informada”.
Establece, además “el derecho de los vecinos de la Ciudad de Corrientes, a ser informados sobre la radicación de condenados por Delitos contra la Integridad Sexual en las cercanías de sus hogares, establecimientos educativos y/o lugares habituales de trabajo, práctica deportiva, esparcimiento, reuniones y/o cualquier otro predio que frecuenten”.
El proyecto también contempla que, “a los fines de hacer operativo dicho Registro, la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, podrá firmar un Convenio de Cooperación con el Poder Judicial de la Provincia de Corrientes”.
También se menciona un “convenio de confidencialidad” que establece la prohibición de “informar datos personales del condenado: nombre/s y apellido/s, DNI, domicilio exacto o aproximado por calle o altura de la misma y/o cualquier otra información que permita individualizar al penado”, con una única excepción. “En el caso de condenados por delitos contra la integridad sexual que se hallaren prófugos, el Municipio estará obligado a informar públicamente de tal circunstancia a los vecinos”.
En otros considerandos sobre la forma de requerir en informe, detalla que “las personas interesadas en informarse acerca de la presencia, dentro de un radio de 30 cuadras (…), deberán presentar ante la Autoridad de Aplicación un requerimiento escrito y fundado, que deberá ser evacuado dentro de los diez días” y que éste puede ser rechazado, además de que, “para acceder a un empleo en el ejido municipal, será requisito indispensable no encontrarse en dicho registro”, entre otros ítems.