El STJ absolvió a un comisario condenado por detención durante una causa de abigeato

Publicado en junio 8, 2026.
Por Corrientes al Día

El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes revocó la condena impuesta a un comisario de Monte Caseros acusado de privación ilegítima de la libertad y resolvió absolverlo al considerar que actuó dentro de las facultades legales vigentes al momento de los hechos.

La decisión fue plasmada en la Sentencia Nº 96, dictada el pasado 5 de junio, mediante la cual el máximo órgano judicial de la provincia hizo lugar al recurso de casación presentado por la defensa de Sergio Raúl Ramos, dejando sin efecto la pena de dos años de prisión en suspenso y cuatro años de inhabilitación especial que le había impuesto en agosto de 2023 el entonces Tribunal Oral Penal de Paso de los Libres.

El caso tiene origen en una denuncia por abigeato presentada en septiembre de 2016, cuando productores rurales reportaron la desaparición de 120 cabezas de ganado en la zona de Monte Caseros.

En el marco de las primeras actuaciones, Ramos, quien se desempeñaba como jefe policial del PRIAR, ordenó la aprehensión de un hombre que aparecía vinculado a la investigación a partir de testimonios y distintos indicios reunidos durante las horas iniciales de la pesquisa.

El sospechoso permaneció detenido e incomunicado mientras avanzaban las diligencias investigativas. Tiempo después recuperó la libertad y denunció al funcionario policial, lo que derivó en el proceso penal que culminó con la condena ahora revocada.

La sentencia del STJ consideró que el Tribunal de Juicio evaluó la actuación del comisario utilizando parámetros propios de una etapa avanzada del proceso penal y no del contexto inicial en el que se produjo la detención.

El primer voto fue emitido por el ministro Alejandro Alberto Chaín, quien sostuvo que la legalidad de una medida policial debe analizarse con base en los elementos existentes al momento de adoptarla.

“La legalidad de una detención policial no se juzga por si el sospechoso termina siendo culpable o no, sino por si al momento de efectivizar la medida existían elementos objetivos para sospechar”, expresó el magistrado.

En la misma línea, afirmó que “la sentencia confunde falta de éxito en la investigación con arbitrariedad en la detención”.

La postura fue acompañada por el presidente del Superior Tribunal de Justicia, Guillermo Horacio Semhan, y por los ministros Luis Eduardo Rey Vázquez y Fernando Augusto Niz, conformando la mayoría que resolvió absolver al excomisario y dejar sin efecto la condena.

La única voz disidente fue la del ministro Eduardo Gilberto Panseri, quien consideró que la sentencia condenatoria debía mantenerse.

Según su criterio, la investigación no contaba con elementos objetivos suficientes para justificar la privación de libertad de la persona sospechada, por lo que entendió que se vulneraron garantías constitucionales fundamentales.

“Ningún ciudadano puede ser privado de su libertad para averiguar posteriormente si existían razones para hacerlo”, sostuvo Panseri en uno de los fundamentos centrales de su voto.

Asimismo, remarcó que “la simple denuncia, desprovista de corroboración objetiva mínima, no puede erigirse en fundamento suficiente para ordenar o legitimar una detención”.

Para el magistrado, aceptar detenciones sustentadas únicamente en sospechas generales o comentarios informales implicaría avalar restricciones arbitrarias a la libertad personal incompatibles con los estándares constitucionales y de derechos humanos.

Con esta resolución, el Superior Tribunal de Justicia cerró definitivamente el proceso penal contra Sergio Raúl Ramos, quien quedó absuelto de toda responsabilidad penal por los hechos investigados.

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