Una mujer inició juicio de prescripción veinteañal y le ordenaron devolver el inmueble

Publicado en marzo 5, 2025.

Clarisa (nombre ficticio) se presentó ante la justicia pidiendo que la titularidad de la casa donde aseguró que nació y vivió por 40 años y donde además vivieron su abuela y su madre. Los herederos del dueño se opusieron y la justicia decidió que no había pruebas suficientes para asegurar que la mujer llevaba viviendo ahí 20 años, requisito que se impone –entre otros- para tener por adquirido un inmueble.

Clarisa llegó a la justicia para quedarse con la casa donde asegura que vivió más de 40 años y que también habitaron su abuela y su mamá. Para probar que fue así sostuvo que realizó mejoras al hogar y que su posesión era libre, pacífica, continua e ininterrumpida.

Los herederos del dueño, contestaron la demanda, afirmando que ella era solo una tenedora de la casa, es decir que la ocupaba pero no por ser dueña e informaron al Superior Tribunal de Justicia que había un juicio de desalojo y reconvinieron por reivindicación.

Fallo del STJ

El Superior Tribunal de Justicia, mediante Sentencia Civil N°15/25,  con primer voto del doctor Guillermo Horacio Semhan rechazó el pedido de Clarisa porque consideró que no hay pruebas suficientes para probar la posesión con ánimo de dueña durante 20 años antes de promover la demanda. 

Se destacó que es sumamente relevante la versión de su historia en la vivienda pero en la medida que sea corroborada por pruebas.

Clarisa también presentó boletas pagas de luz, pero el STJ indicó al respecto que esas facturas podía también pagarlas otra persona, no necesariamente Clarisa.

También remarcó que antes del 2014 cuando hizo el plano de mensura de la vivienda no existieron actos posesorios que hagan pensar que quería quedarse como propietaria de la casa.

“Además reiteradamente hemos señalado que la circunstancia que los testigos narren sobre la ocupación de un inmueble, aunque fuere por largo tiempo, no siempre permite presumir que tal ocupación se haya hecho con la intención de adquirir la propiedad mediante usucapión, si no va acompañada de otras pruebas que las respalden“, sostuvo el doctor Guillermo Semhan en su voto.

En este marco consideró que la Cámara Civil de esta ciudad no se equivocó en la apreciación de la testimonial.
“Es que no sólo no resultan convincentes, sino que aun cuando nos colocáramos en la posición más favorable a Clarisa, de ninguna manera por sí solas y sin prueba documental corroborante, alcanzan para configurar la prueba”, finalizó el doctor Semhan.

Por lo tanto Clarisa deberá devolver el inmueble a sus dueños y además deberá pagar las costas de todo el proceso.

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