A través de la Resolución N°2408, la Comuna capitalina adhirió a la Disposición 29/2024 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA), que dispone la documentación y los elementos de seguridad con los que deberán circular los conductores en el ejido urbano. De esta manera, la cédula azul deja de ser obligatoria.
A través de la resolución N°2408, la Municipalidad de Corrientes estableció la documentación y los elementos con los que deberán contar los conductores a la hora de circular por la ciudad. De esta manera, se adhiere a la Disposición 29/2024 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor (DNRPA), publicada en el Boletín Oficial del 13 de mayo de 2.024.
En su artículo 2°, el Ejecutivo Municipal establece que los conductores deberán portar a la hora de transitar por la ciudad el Documento Nacional de Identidad y la Licencia Nacional de Conducir con la categoría acorde al vehículo portado, y en ambos documentos, figurar el mismo domicilio. También se solicitará la cédula verde y el comprobante de seguro vigente. En el caso de tener únicamente la cédula azul, la misma deberá estar vigente y autorizada por el titular.
Todas estas documentaciones podrán ser exhibidas en forma indistinta ya sea en formato físico o digital, a través de la aplicación “Mi Argentina” o la que en el futuro la reemplace.
Otros de los requisitos para circular son: constancia de revisión técnica obligatoria (RTO) o verificación técnica vehicular (VTV), chapas patentes colocadas visiblemente, en buen estado y sin alteraciones, matafuegos con fecha vigente y balizas reglamentarias triangulares.
Además, en relación a la cédula azul que deja de ser obligatoria, se aclara que las ya emitidas continuarán vigentes hasta tanto sean revocadas por quien las peticionó.