El Tribunal Oral Penal de Mercedes – hoy Tribunal de Juicio – integrado por los doctores Jorge Alberto Troncoso, Juan Manuel Muschietti y Ramón Alberto Ríos estableció esa pena, que fue la solicitada por la defensa, por los delitos de Falsificación de Documento Público y falsificación de Firmas y Sellos en un hecho. El Fiscal solicitó la máxima de 6 años, pero no prosperó.
Se realizó en el TOP de Mercedes la audiencia de cesura de pena a la doctora Ramona Isabel Ramírez a quien por sentencia Nº 49/23 se la encontró culpable el lunes de los delitos de Falsificación de Documento Público y falsificación de Firmas y Sellos en un hecho.
La pena impuesta es de tres años de prisión en suspenso e inhabilitación por 6 años para ejercer la abogacía. También deberá realizar un curso de ética profesional y no podrá modificar su domicilio sin avisar. Otro de los puntos de la sentencia ordena que tendrá que abstenerse de consumir alcohol y estupefacientes.
La audiencia de Cesura de Pena
La audiencia de cesura de pena está prevista en el nuevo Código Procesal Penal de Corrientes y se trata de una etapa que se realiza posteriormente al establecimiento de la responsabilidad penal del imputado.
La audiencia de cesura, es la oportunidad procesal para discutir la pena a imponer conforme al delito del veredicto de culpabilidad, antecedentes y otros factores que partes aleguen al tribunal para ser tenidos en cuenta.
El primer lugar habló la condenada que explicó sus condiciones de vida y contestó preguntas de la defensa y la Fiscalía. En sus palabras, manifestó que no tenía inconvenientes con realizar las tareas comunitarias que se le impongan.
Alegatos
Luego, tomó la palabra, el Fiscal, doctor Juan Carlos Alegre quien pidió la pena máxima que prevé el Código que son seis años de prisión, como medida ejemplificadora, dada la gravedad del accionar de la abogada.
Además solicitó que se la inhabilite para ejercer la profesión por el término de 6 años.
Por su parte, la defensa solicitó la pena de tres años condicional, ya que no tiene antecedentes. También ofreció que la doctora Ramírez realice trabajo comunitario, dictando clases por tres años en el establecimiento educativo donde asiste su hijo.
Y ofreció que la condenada asista a un curso de ética profesional.
Por lo que se la condenó
La abogada en el 2019 habría puesto en marcha un plan criminal que consistió en hacer o mandar hacer ilícitamente documental de supuesto tenor público pero de contenido totalmente falso, con sellos falsos que mando a confeccionar y firmas apócrifas de funcionarios públicos, todo con el fin de engañar y apoderarse de un inmueble rural de 35 hectáreas.
La primera documental se trata del Acuerdo N°31/19 del Superior Tribunal de Justicia que hace referencia a una supuesta Resolución donde refiere facultades testamentarias y traslado definitivamente de todos los derechos sobre un inmueble a otra persona que no era la que lo ocupaba en ese momento.
También falsificó una documental supuestamente pública expedida en otra causa con firmas apócrifas de los funcionarios judiciales doctores Gustavo Rene Buffil y Dora del Carmen Saucedo y tres sellos falsos: dos con el nombre de los funcionarios nombrados y otro – ovalado – identificatorio del Juzgado Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Mercedes, inexistentes entre los sellos usados diariamente en dicho organismo Judicial.
Y el tercer documento que confeccionó o mandó a hacer se trató también de una resolución judicial, inexistente.
El Tribunal estuvo integrado por los doctores Jorge Alberto Troncoso, Juan Manuel Muschietti y Ramón Alberto Ríos. La secretaria fue la doctora Simy Beatriz Benasayac.