Se los encontró responsable del delito de “Peculado en la distribución de la pauta oficial en concurso ideal con el de administración fraudulenta en perjuicio de la Administración Publica”. Además se los inhabilitó de por vida a ejercer cargos públicos. En la misma causa el Tribunal absolvió a Carlos Lezcano, José María Roldán, Raúl Alfredo Lértora, Héctor Horacio Herrero, Ramón Rufino Zacarias y Pedro Rafael Iván Florida.
El Superior Tribunal de Justicia mediante sentencia Penal Nº 98/23 y con primer voto del doctor Alejandro Chaín rechazó los recursos presentados por la Fiscalía y la defensa de José María Roldán, Ramón Zacarías, Arturo Colombi, Carlos Fagúndez y José Luis Zampa confirmando en todas sus partes la sentencia del TOP N°1 – hoy Tribunal de Juicio – Nº 61/19.
Los ministros consideraron que la sentencia del tribunal integrado por los doctores Ana del Carmen Figueredo, Juan Carlos Guerin y Gustavo Azcona estuvo suficientemente fundada.
En este sentido remarcaron que “… el pronunciamiento no merece reproche alguno. El tribunal de juicio meritó el abundante plexo probatorio, producto de una sólida argumentación racional que posibilita la reconstrucción del hecho pasado, que puede ser o no de agrado de los recurrentes pero el mismo se encuentra fundado y con una explicación adecuada”, indicaron los miembros del máximo órgano de justicia de la provincia.
Por lo que en base a estos fundamentos el STJ rechazó los recursos presentados por Arturo Alejandro Colombi, Carlos Emir Fagúndez y José Luis Zampa. También los interpuestos por José María Roldan y Ramón Rufino Zacarías. Y rechazó además el recurso de casación articulado por los Fiscales de Juicio, confirmando la sentencia en todas sus partes. Al voto del doctor Alejandro Chaín, adhirieron los doctores Eduardo Panseri, Luis Eduardo Rey Vázquez, Fernando Augusto Niz y María Eugenia Sierra de Desimoni.
La sentencia que se confirmó
El Tribunal de Juicio en el 2019 analizó tres hechos y solo encontró suficiencia probatoria para establecer la comisión de uno ellos, que fue por el que condenó a Colombi, Fagúndez y Zampa a la prisión en suspenso e inhabilitación.
Por otra parte, absolvió de culpa y cargo, por INSUFICIENCIA PROBATORIA a Carlos Lezcano y José María Roldán por el delito de DEFRAUDACIÓN EN PERJUICIO DE LA ADMINSTRACIÓN PÚBLICA en CONCURSO REAL con el delito de INCOMPATIBILIDAD EN EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA.
Absolvió a Raúl Alfredo Lértora por el delito de FRAUDE EN PERJUICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA POR ADMINISTRACIÓN INFIEL.
Y absolvió a Héctor Horacio Herrero, Ramón Rufino Zacarias, y Pedro Rafael Iván Florida, por el delito de INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PÚBLICO.