Economía
JxC presentó un proyecto para reparar el daño causado por el aumento de impuestos
El diputado nacional y miembro de la Comisión de Presupuesto, Luciano Laspina, presentó un proyecto de Ley para subsanar el error cometido a fin del 2020 con el aumento de impuestos y de un mínimo no imponible bajo, sobre los Bienes Personales.
Impulsado por la presidenta del PRO Patricia Bullrich y acompañado por los diputados Cristian Ritondo, Martín Tetaz, Rogelio Frigerio, Gerardo Milman, Facundo Manes, Ricardo Lopez Murphy, y José Luis Espert, el proyecto propone disminuir la presión tributaria sobre el patrimonio de los contribuyentes, que no es más que el reflejo del ahorro de ingresos que ya han pagado Impuesto a las Ganancias.
“La idea del proyecto es dejar establecido el régimen a aplicar en el impuesto sobre los Bienes Personales. Lo votado en diciembre pasado fue en forma irregular. Por lo tanto para dar seguridad jurídica y no afectar básicamente a la clase media, establecemos que este proyecto rija a partir del 31 de diciembre de 2021 inclusive”, expresó Bullrich. Lo que busca la iniciativa es la sanción de una nueva Ley que sea respetuosa de las formalidades exigidas por la Constitución, para que entre en vigencia partir del período fiscal 2021, asegurando que los contribuyentes que están en las escalas más bajas del impuesto, tengan asegurado que se beneficiarán con los nuevos mínimos no imponibles y con la actualización del monto no imponible de la casa habitación.
Con esto, se logrará beneficiar especialmente a la clase media baja, aumentando el mínimo no imponible del Impuesto sobre los Bienes Personales a $10.000.000, cifra que se acerca con más precisión a los u$s100.000 (al cambio oficial BNA vendedor).
También, el escrito propone el incremento del mínimo no imponible para casa-habitación a $60.000.000, en la medida en que esta cifra refleja con mayor sentido de realidad el costo de las propiedades para vivienda en Argentina. En el mismo sentido, se plantea una actualización de las escalas del art. 25 de la ley del gravamen, en consonancia con el mínimo no imponible propuesto, sin incrementar las alícuotas vigentes.
Con la misma lógica, se solicita la derogación total de cualquier delegación de facultades en el Poder Ejecutivo para incrementar las alícuotas que afecten a bienes situados en el exterior, ya que quedó demostrado que los contribuyentes afectados, en lugar de optar por repatriar activos, han mudado su residencia permanente a otros países donde la presión fiscal sobre el ahorro y el patrimonio se encuentra en niveles razonables. Todo ello se traduce, además del daño por la salida de talentos y capitales, en una merma considerable de recaudación.
TEXTO DEL PROYECTO DE LEY
MODIFICACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES
El Senado y Cámara de Diputados sancionan con fuerza de ley
Artículo 1°- Modifícase, con aplicación a partir del período fiscal 2021 y siguientes, el artículo 24 de la Ley de Impuesto sobre los Bienes Personales, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 24: No estarán alcanzados por el impuesto los bienes gravados -excepto los comprendidos en el artículo sin número incorporado a continuación del artículo 25 de esta ley- pertenecientes a los sujetos indicados en el inciso a) del artículo 17, cuando su valor en conjunto determinado de acuerdo con las normas de esta ley, resulten iguales o inferiores a diez millones de pesos ($ 10.000.000).
De tratarse de inmuebles destinados a casa-habitación del contribuyente, o del causante en el caso de sucesiones indivisas, no estarán alcanzados por el impuesto cuando su valor determinado de acuerdo con las normas de esta ley, resulten iguales o inferiores a sesenta millones de pesos ($ 60.000.000).
Artículo 2°- Incorpórase, con aplicación a partir del período fiscal 2021 y siguientes, como artículo sin número a continuación del artículo 24 del Título VI de la ley 23.966, de Impuesto sobre los Bienes Personales, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, el siguiente:
Artículo…: Los montos previstos en el artículo 24 y en el artículo 25, se ajustarán anualmente por el coeficiente que surja de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) que suministre el Instituto de Estadística y Censos, correspondiente al mes de noviembre del año anterior al del ajuste respecto al mismo mes del año anterior.
A los fines de utilizar el índice mencionado en el párrafo anterior, no resultan aplicables las disposiciones del artículo 10 de la ley 23.928 y sus modificaciones.
Artículo 3°- Sustitúyase, con aplicación a partir del período fiscal 2021 y siguientes, la escala prevista en el primer párrafo del artículo 25 del Título VI de la ley 23.966, de Impuesto sobre los Bienes Personales, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, por la siguiente:
Valor total de los bienes que exceda el mínimo no imponible | Pagarán $ | Más el % | Sobre el excedente de $ | |
Más de $ | a $ | |||
0 | 11.000.000, inclusive | 0 | 0,50% | 0 |
11.000.000 | 22.500.000, inclusive | 15.000 | 0,75% | 11.000.000 |
22.500.000 | 66.000.000, inclusive | 41.250 | 1,00% | 22.500.000 |
66.000.000 | En adelante | 156.250 | 1,25% | 66.000.000 |
Artículo 4°- Derogase, con aplicación a partir del período fiscal 2021 y siguientes, el segundo y tercer párrafos del artículo 25 del Título VI de la ley 23.966, de Impuesto sobre los Bienes Personales, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones.
Artículo 5°- Sustitúyase, con aplicación a partir del período fiscal 2021 y siguientes, el cuarto párrafo del artículo 25 del Título VI de la ley 23.966, de Impuesto sobre los Bienes Personales, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, por el siguiente:
Los sujetos de este impuesto podrán computar como pago a cuenta las sumas efectivamente pagadas en el exterior por gravámenes similares al presente que consideren como base imponible el patrimonio o los bienes en forma global. Este crédito sólo podrá computarse hasta el incremento de la obligación fiscal originado por la incorporación de los bienes situados con carácter permanente en el exterior.
Artículo 6°- Las disposiciones de la presente ley comenzarán a regir el día de su publicación en el Boletín Oficial y resultarán de aplicación para los períodos fiscales 2021 y siguientes.
Artículo 7°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
FUNDAMENTOS
El presente proyecto de ley viene a proponer una disminución en la presión tributaria sobre el patrimonio de los contribuyentes, que no es más que el reflejo del ahorro de ingresos que ya han pagado Impuesto a las Ganancias, entre otros gravámenes nacionales y provinciales. El ahorro es la mejor vía para el crecimiento y la inversión genuinos.
El Impuesto sobre los bienes Personales es un impuesto con efectos económicos negativos que se debería eliminar en el corto plazo.
Múltiples argumentos validan el rechazo doctrinario a este tipo de impuestos, entre los que se destacan los efectos económicos adversos sobre la inversión y el ahorro, así como también se contemplan las dificultades para identificar y valorar bienes gravados, la escasa recaudación y la relativa validez de los efectos de la redistribución.
La OCDE solo recomienda este tipo de impuestos cuando no se aplican tributos a las ganancias o estos son muy bajos y, fundamentalmente, cuando se permita la deducción de deudas.
Las jurisdicciones OCDE que utilizan verdaderos impuestos patrimoniales generales son: Noruega (0,85%), España (entre 0,2% y 2,5%; en Madrid, 0%), Suiza (solo algunos cantones, entre 0,2% y 2,5%), Liechtenstein (0,9%) y Colombia (1%). Estos países establecieron mínimos no imponibles muy altos.
En forma parcial, Bélgica solo grava las tenencias financieras al 0,15%; Italia, los activos financieros e inmobiliarios mantenidos en el extranjero por contribuyentes italianos, y en los Países Bajos forma parte del Impuesto a la Renta. En los pocos Estados que utilizan el impuesto al patrimonio neto (bienes menos deuda), tienden a aumentar los mínimos no imponibles y a reducir las alícuotas, fundamentalmente para no afectar a la clase media y media alta y, también, por la competencia entre jurisdicciones que intentan atraer inversiones seduciendo capitales con bajos impuestos.
Por todo ello, proponemos aumentar el mínimo no imponible del Impuesto sobre los Bienes Personales a $10.000.000, cifra que se acerca con más precisión a los u$s 100.000 -al cambio oficial BNA vendedor- tenidos en cuenta en el nacimiento de este impuesto (1991), época en donde regía la ley de convertibilidad. Con idéntica lógica, se propone el incremento del mínimo no imponible para casa-habitación a $60.000.000, en la medida en que esta cifra refleja con mayor sentido de realidad el costo de las propiedades para vivienda en Argentina.
De esta manera, además, el mínimo no imponible quedará mejor posicionado en comparación con otros países de la región (Colombia y Uruguay), aunque siga siendo bajo. En Uruguay el mínimo no imponible es de US$120.000 por individuo, por lo que un matrimonio suma US$240.000. En Colombia, es de US$1.500.000.
En el mismo sentido, proponemos una actualización de las escalas del art. 25 de la ley del gravamen, en consonancia con el mínimo no imponible propuesto, sin incrementar las alícuotas vigentes.
También, proponemos la derogación total de cualquier delegación de facultades en el Poder Ejecutivo para incrementar las alícuotas que afecten a bienes situados en el exterior. Si bien dichas facultades fueron delegadas en forma transitoria y excepcional para los períodos fiscales 2019 y 2020, es importante enfatizar su derogación para no dejar lugar a interpretaciones que lleven a una conclusión distinta.
Ello es así, ya que esta medida ha tenido el efecto inverso al buscando, pues los contribuyentes afectados, en lugar de optar por repatriar activos del exterior, han mudado su residencia permanente a otros países donde la presión fiscal sobre el ahorro y el patrimonio se encuentra en niveles razonables o directamente gozan de franquicias fiscales durante un cierto lapso de tiempo, fenómeno del que dan cuenta diversas notas periodísticas[1]. Todo ello se traduce, además del daño por la huida de talentos y capitales, en una merma considerable de recaudación.
Adicionalmente, dicha alícuota incrementada para los bienes situados en el exterior ha generado gran litigiosidad, abarrotando el Poder Judicial de demandas fundadas en la vulneración de la Constitución Nacional y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación[2].
Es injustificado que contribuyentes con un patrimonio de igual valuación, tributen un impuesto diferente si acaso uno de ellos posee todo o parte sus bienes en el exterior y el otro no, en detrimento del primero. El principio de capacidad contributiva -fundamento y causa de los impuestos-, exige que la determinación de la cuota individual de sostenimiento de los gastos públicos sea establecida en función de la respectiva capacidad y no de la localización de los bienes. Es decir, a igual patrimonio (como manifestación de capacidad contributiva) el impuesto debe ser equivalente.

Economía
Las ventas minoristas pyme cayeron 2,9% anual en noviembre

La medición a precios constantes marcó un descenso del 2,9% anual, en noviembre, en las ventas minoristas pymes, cumpliendo así 11 meses consecutivos en baja. Para el periodo enero-noviembre, el comercio acumula una retracción de 2,4% frente a los mismos meses del año pasado, mientras que en la comparación mensual las ventas bajaron 2,2%.

El clima electoral le puso extrema prudencia al consumo, pero lo que más incidió en el declive del mes fueron las fuertes subas de precios que generaron una pérdida clara en el poder adquisitivo del ingreso familiar. Se notó especialmente en la demanda de alimentos y bebidas.
Los alicientes de las ofertas del comercio electrónico que se pusieron a disposición de los consumidores a comienzos del mes, con financiamiento que animaron la venta de bienes durables durante tres días, no fueron suficientes para cambiar el signo de la tendencia en las ventas.
Los sobresaltos cambiarios no ayudaron a la dinámica de las ventas del comercio minorista, especialmente a la compra de bienes de mayor valor, porque el dólar captó dinero que podría haberse volcado a ese consumo.
De los siete rubros analizados, tres escaparon a la tendencia general y crecieron en la comparación anual, y los cuatro restantes declinaron.
Así surge del Índice de Ventas Minoristas Pymes de la Confederación Argentina de la en Mediana Empresa (CAME), elaborado en base a un relevamiento mensual entre 1.320 comercios minoristas del país, realizado del 30 de noviembre y el 1 de diciembre.

Análisis sectorial
En noviembre, tres de los siete rubros registraron subas interanuales en sus ventas, lideradas por Bazar, decoración, textiles del hogar y muebles (+4,3% anual). En cambio, cuatro ramos retrocedieron, con la mayor baja en Alimentos y bebidas (-7,7% anual).

Alimentos y bebidas

Las ventas se retrajeron 7,7% anual en noviembre, a precios constantes y acumulan una disminución de 3,3% en los primeros 11 meses del año frente al mismo periodo de 2022. En la comparación intermensual, crecieron 0,4%. La caída en el poder de compra del ingreso está afectando al consumo de bienes básicos. La gente cuidó sus gastos, buscó ofertas en hipermercados, fraccionó compras, sustituyó primeras marcas por segundas y terceras. En el rubro carnicerías, las fuertes subas de precios alejaron a los compradores, lo mismo sucedió en verdulerías, con algunos productos verdes y el tomate. Los negocios advirtieron por aumentos de hasta 40% en productos como levaduras, aditivos, quesos, fiambres, frutos secos, golosinas, y otros más básicos como el pan. Quienes tuvieron un excelente mes, fueron los comercios de frontera con países limítrofes, especialmente con Uruguay.
“La mercadería llegó con aumentos de entre 35% y 45% este mes y después del ballotage hubo muchos faltantes” (Comercio de la ciudad de Córdoba).
“Hubo aumentos muy fuertes en la mercadería, la gente estuvo muy prudente todo el mes, y además noviembre siempre es malo” (Comercio de Godoy Cruz, Mendoza).
Bazar, decoración, textiles para el hogar y muebles

Las ventas tuvieron un ascenso del 4,3% anual en noviembre, a precios constantes y llevan un declive del 0,6% en los once meses del año, comparado al mismo periodo de 2022. Contra el mes pasado, en cambio, cayeron 2%. Hay muchos departamentos amoblándose para el alquiler temporario a turistas que están moviendo el mercado en este rubro. Algunos comercios señalaron que hay gente anticipando compras de fin de año por temor a que se disparen los precios. Un factor que preocupa al sector es que los proveedores están pidiendo pago anticipado para las compras de las fiestas y con precio abierto, a confirmar en la entrega.
“Los primeros días del mes se vendió muy bien por los préstamos del gobierno, pero en la segunda quincena no se vendió nada” (negocio de la ciudad de San Luis).
“La lista de productos vienen con subas de 10% cada semana, lo que está en cuotas sin interés se vende bien, el resto poco” (comercio de la ciudad de Mar del Plata en Provincia de Buenos Aires).
Calzado y marroquinería

Las ventas crecieron 1,3% anual en noviembre, a precios constantes y registran un alza de 1,1% en los primeros 11 meses del corriente año frente al mismo periodo de 2022. En la comparación intermensual cayeron 5%. Las ciudades receptoras de turismo fue donde mejor performance tuvieron los comercios de este rubro, e incluso pudieron terminar de vender el calzado de invierno, de más valor, que había quedado fuera de presupuesto para los consumidores locales. Las tiendas consultadas señalaron que cuando hay opciones de financiamiento sin interés, las ventas se mueven bien, pero en una cuota o efectivo, la gente piensa más antes de comprar.
“Noviembre fue malo, pero noviembre del año pasado fue peor” (negocio de la ciudad de Salta)
“Los proveedores no están enviando mercadería, están especulando con la asunción del nuevo gobierno, y es preocupante porque ahora comienza la mejor temporada del año, que es la venta por las fiestas” (comercio de San Salvador de Jujuy).
Farmacia

Las ventas retrocedieron 4,4% anual, a precios constantes, aunque aún acumulan un crecimiento de 1,7% en los primeros once meses del año frente al mismo periodo de 2022. En la comparación intermensual, subieron 1,1%. El mayor problema que tienen las farmacias hoy es la falta de productos de algunas marcas y drogas, y la demora en las entregas de los proveedores, ya sea por faltantes o por especulación. Algunas farmacias consultadas sienten que almacenaron demasiado stock, para un mercado que hoy no convalida los niveles de precios de muchos productos y amaga con estancarse.
“Los medicamentos aumentan cada semana, tenemos problemas con las obras sociales y las prepagas están restringiendo algunos medicamentos del vademecum” (farmacia de la localidad de San Martín en Provincia de Buenos Aires).
“Creo que compramos una barbaridad de stock, porque pensábamos en un buen verano, y entre que el río va a estar crecido y no habrá playas y que la gente no tiene dinero, nos va a sobrar muchas mercaderías como repelentes y cremas solares” (farmacia de Concepción del Uruguay, en Entre Ríos).
Perfumería

Las ventas bajaron 0,2% anual en noviembre, siempre a precios constantes, y suman una caída también de 1% en los 11 once meses del 2023, contra el mismo periodo del año pasado. En la comparación intermensual crecieron 0,9%. Los precios tuvieron aumentos muy fuertes los últimos tres meses, cualquier crema básica pasa los 10 mil pesos o las fragancias nacionales no bajan de 30 mil, lo que claramente frena al consumidor. Se venden los envases de menos cantidades, y con mayor peso los viernes y sábados, cuando las tarjetas habilitan promociones de cuotas sin interés.
“Abrimos un nuevo local y tomamos dos empleadas nuevas, pero los resultados que obtuvimos no fueron buenos, se vendió muy poco” (perfumería de la Ciudad de Buenos Aires)
“Los proveedores están entregando poca mercadería y con aumentos desmedidos de los productos, nosotros estamos vendiendo más online que presencial” (perfumería de la Ciudad de Rosario, en Provincia de Santa Fe)
Ferretería, materiales eléctricos y materiales de la construcción

Las ventas disminuyeron 2,8% anual y acumulan un declive de 0,7% en los 11 meses del año, siempre frente al mismo ciclo de 2022. En el contraste intermensual, cayeron 7,6%. Impulsa el rubro que hay menos obra pública y más mano de obra disponible para trabajos menores en los hogares o para construcciones privadas, que activan la demanda de los pequeños y medianos comercios del sector. Igual, hubo muchos faltantes de mercadería que limitaron tener un mejor mes.
“Hay incertidumbre en la calle, por ahora la gente aprovecha para comprar y stockearse, pero no sabemos cómo se van a comportar de acá a los próximos dos o tres meses” (comercio de la ciudad de La Rioja).
“Nuestra inversión en este momento es reponer stock, si tenemos la mercadería, la vendemos, el problema cuando no se vende es porque no hay, porque la demanda todavía en nuestro rubro está” (comercio de Resistencia, Chaco).
Textil e indumentaria

Las ventas subieron 1,8% anual en noviembre, a precios constantes y acumulan una caída de 5,4% en los 11 meses del año, comparado a la misma etapa del 2022. Frente a octubre se registró una suba del 2,2%. La venta se mueve en función del turista y de las promociones que habilitan los bancos, en cuotas sin interés. Igual, si bien la actividad viene mejor que el año pasado, se está comparando contra meses que fueron muy malos. Las tiendas no tuvieron mayores problemas de abastecimiento, pero sí temen en cómo será diciembre, porque algunos proveedores están pidiendo anticipos para asegurar la mercadería y no todos tienen esa disponibilidad.
“Noviembre suele ser un buen mes para nuestras mercerías porque es cuando se venden las lentejuelas y los brillos para las fiestas de fin de año, y este año fue mejor que el pasado” (comercio de la ciudad de Buenos Aires)
“Estamos tratando de zafar estos tiempos difíciles con ropa menos formal, porque los vestidos de fiestas que es lo que vendemos, están por las nubes y la gente no los lleva” (comercio de San Migue de Tucumán)
Economía
Arranca el pago del Plus Unificado para estatales correntinos

El gobernador Gustavo Valdés dio a conocer el cronograma de liquidación del Adicional Remunerativo Mensual (Plus Unificado) de diciembre de $27.650 por agente, activos, jubilados y pensionados.
El Mandatario correntino adelantó que el pago comienza este martes 5, día que percibirán los agentes (activos, jubilados y pensionados) con documento nacional de identidad terminados en 0, 1, 2 y 3.
El Gobierno de Corrientes vuelca más de $2.290 millones para liquidar este beneficio ($27.650) que forma parte del ingreso salarial mensual de los agentes de la administración pública provincial.
El cronograma continúa el miércoles 6, jornada de pago a los agentes con DNI finalizados en números 4, 5, 6 y 7.
El pago termina el jueves 7, donde percibirán los agentes con documentos finalizados en 8 y 9.

Economía
Mercado Pago: las cuentas bancarias dejarán de estar vinculadas

Mercado Pago advirtió a todos sus usuarios que sus cuentas bancarias dejarán de estar vinculadas a la billetera virtual debido a un cambio efectuado por el Banco Central para la transferencias de fondos a plataformas, lo que afectará a más de 4 millones de usuarios.
“Por una norma del Banco Central, desde el 1 de diciembre ya no tendrás vinculada tu cuenta bancaria a Mercado Pago”, expresaron en el comunicado difundido este miércoles.
Explicaron que “las nuevas normativas “A” 7514 y “A” 7841 del Banco Central afectarán a más de 4 millones de personas que usan Débito Inmediato (DEBIN) para ingresar dinero a sus cuentas de Mercado Pago”.
La normativa del Banco Central establece que los participantes del sistema nacional de pagos, bancos y billeteras virtuales que actualmente usan Debin para fondear cuentas deberán discontinuar esa operatoria y habilitar a sus clientes las Transferencias Inmediatas Pull. El cambio se hizo bajo el argumento de “prevenir casos de fraude”.
Recordaron que los usuarios podrán seguir “ingresando dinero en la cuenta mediante transferencia bancaria, que es gratuita y se acredita al instante”.
Desde el equipo de Mercado Pago expresaron que están “esperando una respuesta del Banco Central para solucionar este problema”.
La problemática entre la empresa y el Banco Central lleva meses. En septiembre de este año el propio fundador y CEO de Mercado Pago, Marcos Galperín, había criticado la normativa que establece el cambio del fondeo de cuentas a través de Debin.

Cómo funcionará Mercado Pago a partir de diciembre
A partir del 1o de diciembre los participantes del sistema nacional de pagos -es decir, los bancos y las billeteras virtuales como Mercado Pago- que actualmente usan DEBIN recurrente para transferir fondos a cuentas deberán discontinuar esa operatoria y habilitar a sus clientes las transferencias inmediatas “pull”.
De acuerdo al glosario de pagos minoristas del Banco Central, una transferencia inmediata “pull” son las “solicitudes o pedidos de fondos que permiten mediante el débito de la cuenta -a la vista o de pago- del cliente receptor de la solicitud y previa autorización o consentimiento, la acreditación inmediata de fondos en la cuenta del cliente solicitante”.
Pero ¿cómo cambiará la operatoria de Mercado Pago a partir de esta disposición?
Hasta ahora los usuarios de Mercado Pago transferían fondos desde sus cuentas bancarias asociadas a la de CVU de la plataforma y cobraban intereses mientras no usaran ese dinero.
A partir del 10 de diciembre se fijará un límite diario de 2.500 UVA (alrededor de $727.000 a septiembre de 2023) por cuenta para ordenar transferencias inmediatas “pull”, y sólo podrán usar esta modalidad los proveedores de servicios de pago que estén inscritos en el Registro de billeteras digitales interoperables.
El cambio de DEBIN a la Transferencia Inmediata “Pull” es obligatorio.
Se podrá usar este tipo de transferencia en cajas de ahorro, cuentas sueldo y de la seguridad social, cajas de ahorro para el pago de planes y programas de ayuda social, cajas de ahorro destinadas a menores de edad adolescentes y cuenta gratuita universal.
Fuente: minutouno.com.ar
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