Capital: no se podrá estacionar en un tramo de la avenida Pujol

Publicado en febrero 12, 2026.

Será a partir de este viernes en ambos sentidos de circulación en el tramo comprendido desde la plazoleta España hasta la calle Caá Guazú, de lunes a domingo de 8 a 20. La medida busca agilizar el tránsito y garantizar la seguridad vial tanto de vehículos como peatones.

La Municipalidad de Corrientes informó que desde este viernes 13 queda prohibido el estacionamiento de todo tipo de vehículo en ambos sentidos de la avenida Gobernador Juan Pujol, desde la plazoleta España hasta la calle Caá Guazú.

La disposición quedó establecida a través de la Resolución Nº149 del Departamento Ejecutivo Municipal y entre sus considerandos establece que si bien “en el último año se registró una tendencia a la baja en los indicadores de siniestralidad vial a nivel nacional, el volumen total de hechos continúa siendo elevado, lo que evidencia la necesidad de profundizar las acciones preventivas y de control”.

En este contexto, “en el ámbito local la variabilidad en la prestación del servicio de transporte, especialmente en los horarios de mayor circulación de vehículos y las dificultades operativas detectadas generan escenarios potenciales de riesgo en intersecciones, circulación en avenidas angostas y derredores de circulación aglomeradas”.

En su artículo 1º, la Resolución dispone: “Prohibir Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, el estacionamiento de todo tipo de vehículos, sobre ambos sentidos de circulación de la avenida Gobernador Juan Pujol, desde la plazoleta España, hasta calle Caá Guazú, extendiendo el espacio lineal de la prohibición, pero en el mismo espacio temporal que estipula la Ordenanza N° 7379/23, de 8 a 20 de lunes a domingo”.

Además, en su artículo 2º designa a la Secretaría de Movilidad Urbana y Seguridad Ciudadana como autoridad de aplicación y contralor en el cumplimiento de la presente resolución y dispone en el artículo 3º “dar cumplimiento inmediato de las medidas preventivas detalladas en el presente acto administrativo, a fin de evitar eventuales siniestros viales”.

FUNDAMENTOS

Esta Resolución del Ejecutivo Municipal se fundamenta en la Resolución 5772/25, Ordenanza Nº 7379/2023 y la Nº7699/25 y la Carta Orgánica Municipal.

Así, la Ordenanza N° 7699/25, en su Art. 1° “Homologa en todos sus términos la Resolución N° 5772/24, dictada por el Departamento Ejecutivo Municipal, a través del cual en su art. 4° “autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal, a revisar controlar y modificar la distribución, usos, infraestructura y equipamiento de la estructura vial, a fin de optimizar la movilidad urbana y el funcionamiento del sistema de trasporte público, pudiendo comprender redes viales; arterias de circulación; áreas de estacionamiento regulado y no regulado; zonas de carga y descarga; espacios afectados al sistema de estacionamiento medido; otros sectores del dominio público”.

Mientras que en su Art. 7º “autoriza a evaluar y en su caso, disponer la determinación de sentidos de circulación, prohibiciones de estacionamiento y demás medidas de ordenamiento vial en calles y avenidas de la ciudad, con el carácter definitivo o previsional, de acuerdo con los requerimientos de la movilidad urbana”.

En tanto la Ordenanza N ° 7379/23, en su Art. 1, establece la prohibición de estacionar todo tipo de vehículos de 8 a 20, sobre la avenida Gobernador Pujol, en el trayecto comprendido: de este a oeste, desde las calles Jujuy hasta Brasil y de oeste a este, desde Gobernador Gelabert hasta Gobernador Pampin.

“Que, debido a los impedimentos precedentemente mencionados, sumado a que sobre la avenida Gobernador Juan Pujol, circulan vehículos de pequeños, medianos y gran porte, como así, el transporte público de pasajeros y ciclistas ocasionales es necesario la extensión de los metros lineales de la prohibición de estacionar que serían, desde la Rotonda España hasta calle Caá Guazú”.

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