El fallo consideró la situación del padre con Párkinson y la falta de pruebas sobre la dedicación exclusiva a los estudios
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Corrientes confirmó la reducción de la cuota alimentaria que recibe una joven universitaria, luego de que no pudiera demostrar que sus estudios le impedían trabajar. La decisión se basó en la falta de pruebas que justificaran la necesidad de mantener el 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil como cuota alimentaria, actualmente equivalente a $296.832 pesos.
El caso se inició cuando el padre de la joven solicitó la reducción del monto de la cuota, argumentando que padece Párkinson, lo que afectó sus ingresos. Hasta los 21 años, la joven recibía el total del Salario Mínimo Vital y Móvil, pero al cumplir esa edad, la obligación alimentaria cambió: la hija debía probar que no podía trabajar debido a la carga horaria de sus estudios.
En primera instancia, la jueza rechazó la reducción porque el hombre no demostró que la joven no necesitara el dinero. Sin embargo, cuando el caso llegó a la Cámara de Apelaciones, ella ya había superado los 21 años, por lo que le correspondía a ella justificar la necesidad de la cuota completa.
La Cámara determinó que la carga horaria de su carrera no le impedía tener un trabajo a tiempo parcial, por lo que resolvió reducir la cuota al 70%. Es decir, solo seguiría recibiendo $207.782 pesos mensuales.
El recurso de la joven y la decisión final del STJ
Ante esta decisión, la joven presentó un recurso ante el Superior Tribunal de Justicia, alegando que no se había probado una disminución en los ingresos de su padre. No obstante, el máximo tribunal rechazó el pedido y confirmó la reducción, destacando que:
✅ Desde los 21 años hasta los 25, es el hijo quien debe acreditar que no puede trabajar debido a sus estudios.
✅ Solo había aprobado tres materias desde el inicio de su carrera, lo que no acreditaba una dedicación exclusiva.
✅ Recibe una beca PROGRESAR, lo que evidencia una fuente de ingresos adicional.
✅ El padre padece Párkinson y atraviesa una situación de vulnerabilidad económica.
Finalmente, el STJ declaró inadmisible el recurso y confirmó la reducción de la cuota, con costas por su orden.
El fallo del STJ y los magistrados que lo respaldaron
El fallo quedó asentado en la Sentencia N°41/25 y el voto del ministro Guillermo Horacio Semhan fue respaldado por los jueces Fernando Augusto Niz, Luis Eduardo Rey Vázquez, Eduardo Gilberto Panseri y Alejandro Alberto Chain.
Este caso sienta un precedente importante en la provincia sobre la obligación alimentaria de los hijos mayores de 21 años, reforzando el criterio de que la manutención solo se mantiene en su totalidad si el hijo demuestra que no puede trabajar por sus estudios.