El Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia N° 1 de Goya, a cargo de la doctora Silvina Racigh, resolvió no establecer un régimen de visitas para un padre que solicitaba un esquema de comunicación “amplio y flexible” con sus tres hijos, lo cual, según la magistrada, se traducía en visitas sin previsión y regidas exclusivamente por sus horarios laborales. La decisión busca proteger la estabilidad emocional de los niños, en particular de una de las hijas, quien presenta síndrome de Down.
La jueza explicó que la solicitud del padre generaba un ambiente de inestabilidad para los menores, quienes manifestaron en audiencia que la falta de un esquema claro de visitas les causaba incertidumbre. “Mamá se enoja con él porque viene sin avisar y no le dice a qué hora va venir”, expresó uno de los niños, dejando en evidencia el impacto emocional que la imprevisibilidad tenía sobre ellos.
El padre argumentó que su trabajo, con horarios rotativos y que incluye algunos domingos, le dificultaba prever salidas y establecer un esquema regular de visitas. Sin embargo, la madre —quien también cumple con un horario similar— señaló sentirse abrumada por la situación. Ante este panorama, la jueza Racigh subrayó que el trabajo del padre en turnos rotativos no justificaba imponer su disponibilidad unilateralmente, sin considerar las necesidades de los hijos y la logística familiar.
Medidas ejemplares: suspensión de carnet y prohibición de eventos públicos
Como medida adicional, la jueza ordenó la suspensión del carnet de conducir del padre y prohibió su acceso a eventos públicos hasta que presente un plan adecuado y razonable para la vinculación con sus hijos. Además, se le impuso el pago de los gastos administrativos del juicio.
El impacto de la falta de previsión en los menores
La inestabilidad provocada por la falta de un esquema de visitas claro quedó reflejada en los testimonios de los hijos, quienes, aunque expresaron el deseo de ver a su padre, se mostraron afectados por la imprevisibilidad de las visitas. La jueza destacó que “no basta con decir que quiere ver a sus hijos; debe tomar medidas activas para que eso suceda”, señalando la falta de compromiso del padre para proponer alternativas viables, como llamadas telefónicas o videollamadas.
Advertencia al abogado por uso de lenguaje inadecuado
Durante la audiencia, la jueza también llamó la atención al abogado del padre por el uso incorrecto del término “menores” para referirse a los hijos, advirtiendo que dicha terminología está en desuso por su connotación negativa. Asimismo, recordó la importancia de mantener un lenguaje respetuoso y de buscar acuerdos que prioricen el bienestar de los niños en lugar de perpetuar los conflictos entre los padres.
Este fallo, que busca reducir la incertidumbre en los niños, reafirma la postura de la Justicia en cuanto a la necesidad de que los padres actúen de manera responsable y equitativa en la crianza y el contacto con sus hijos, poniendo siempre el interés superior de los menores en primer lugar.