por Corrientes al Día
El Tribunal de Juicio unipersonal a cargo del juez subrogante Dr. Martín José Vega declaró este lunes la responsabilidad penal del ex intendente Diego Martín Caram y del actual presidente del Honorable Concejo Deliberante (HCD), Roberto Carlos Sánchez. Caram fue hallado penalmente responsable del delito de desobediencia a la autoridad, mientras que Sánchez fue declarado responsable por abuso de autoridad.
El fallo se conoció tras la conclusión de los alegatos y las últimas palabras de los acusados, conforme lo establece el artículo 337 del Código Procesal Penal. Ambos fueron absueltos del delito de usurpación de autoridad previsto en el artículo 246 inciso 1 del Código Penal.
Por qué quedaron absueltos por usurpación de autoridad
Al fundamentar brevemente su decisión, como marca el artículo 339 del CPP, el Dr. Vega explicó que, de acuerdo a lo argumentado por la defensa de Caram, ejercida por los abogados Juan Ignacio Karam y Nahuel Ávalos, la figura de usurpación de autoridad del inciso 1 no encaja en el caso por “atipicidad de la conducta”.
El magistrado señaló que, si bien la conducta podría encuadrar en el inciso 2 del mismo artículo, esa figura no fue incluida en la acusación fiscal, por lo que no podía ser atribuida en esta instancia. Además, aclaró que Caram se encontraba suspendido en el ejercicio de sus funciones, por lo que no estaba completamente apartado del cargo.

Respecto de Sánchez, sostuvo que su presunta participación necesaria en el delito imputado tampoco pudo sostenerse, ya que se trataba de una figura accesoria que, en este contexto, no resultó determinante ni constitutiva del hecho.
Desobediencia probada de Caram
El juez Vega concluyó que el delito de desobediencia a la autoridad quedó probado de manera “categórica”, especialmente por la notificación a Caram de la Resolución Nº 1510 del Concejo Deliberante, mediante la cual había sido suspendido tras una sentencia emitida por el Tribunal Oral Penal.
A pesar de conocer formalmente esa suspensión, Caram retornó al ejercicio de la Intendencia sin que el período de suspensión hubiera finalizado. Esa conducta configuró, según el fallo, el incumplimiento directo de la orden del Concejo y de la sentencia que motivó la medida.
Sánchez: abuso de autoridad por arrogarse facultades del Concejo
En cuanto al actual presidente del HCD, Roberto Carlos Sánchez, el tribunal determinó que incurrió en abuso de autoridad al notificar, por decisión propia, la supuesta finalización de la suspensión de Caram. El juez remarcó que no tenía facultades para hacerlo, ya que el tratamiento de esa situación debía resolverse exclusivamente en el seno del Concejo Deliberante como cuerpo colegiado.
Sánchez, sostuvo Vega, se arrogó funciones que no le correspondían, generando un acto administrativo impropio que desconocía la Constitución Provincial y que, además, interfería con un asunto que estaba siendo trabajado en comisiones del propio Concejo.
La causa continuará este miércoles 3 de diciembre, cuando se lleve a cabo la audiencia de cesura en la que se definirá la pena a imponer a cada uno de los acusados.





























