El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes, ratificó la condena a un hombre por abusar sexualmente de su hija menor de 13 años. Un ministro cuestionó la pena: “Resulta insuficiente”.
En una decisión que vuelve a poner el foco sobre los delitos de abuso sexual infantil y la necesidad de penas proporcionales, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Corrientes confirmó la condena a un hombre por corrupción de menores agravada y abuso sexual con acceso carnal, en perjuicio de su hija, quien tenía apenas 13 años al momento de los hechos.
La Sentencia Nº 45 del máximo tribunal provincial rechazó el recurso de casación presentado por la defensa, y ratificó así el fallo del Tribunal de Juicio N° 1 de la Capital, que lo había condenado a diez años de prisión por los delitos de abuso sexual con acceso carnal en modalidad continuada, en concurso ideal con corrupción de menores agravada, y en concurso real con resistencia a la autoridad.
Uno de los aspectos más destacados del fallo fue el voto del ministro del STJ, doctor Eduardo Gilberto Panseri, quien avaló la condena, pero fue crítico con la pena impuesta. Afirmó que el castigo resultaba insuficiente frente a la gravedad de los hechos y sus circunstancias: “La sanción está en un rango demasiado bajo dentro de la escala aplicable”, advirtió, y consideró que la pena debía ser mayor.
Panseri también destacó la necesidad de analizar no solo la existencia del delito, sino también la magnitud del daño, la personalidad del autor y el contexto. “El autor era su propio padre. La relación de jerarquía fue ejercida para lograr sus fines, cuando la víctima esperaba contención, cariño y cuidado”, señaló con contundencia.
Por su parte, el voto del doctor Alejandro Alberto Chain —respaldado por sus pares Guillermo Horacio Semhan, Luis Eduardo Rey Vázquez y Fernando Augusto Niz— subrayó el valor determinante de la prueba testimonial y psicológica. Chain sostuvo que “la coherencia del testimonio de la menor”, junto con los informes del Servicio S.A.N.A., fueron suficientes para confirmar el fallo, al tiempo que reafirmó que la calidad de la prueba prevalece por sobre la cantidad.
La víctima había prestado declaración en Cámara Gesell, y su testimonio fue respaldado por informes psicológicos y psiquiátricos que dieron cuenta del impacto del abuso en su salud mental.
Con esta resolución, el STJ de Corrientes ratificó la validez de la condena y volvió a poner de relieve la importancia de la prueba psicológica en delitos sexuales cometidos contra niños y adolescentes, en especial cuando el agresor es parte del entorno familiar.