Abusó sexualmente de su hija y deberá pagarle cuatro años de tratamiento psicológico

Publicado en octubre 2, 2024.

La Juez de Garantías de Mercedes, doctora Simy Beatriz Benasayag, condenó a tres años de prisión en suspenso e impuso la obligación al imputado de pagar el tratamiento psicológico a la víctima en un caso de abuso sexual. La magistrada homologó el convenio que fue presentado en el marco de un juicio abreviado pleno.

En audiencia prevista por la Oficina Judicial, el representante del Ministerio Público Fiscal, doctor Adrián Aurelio Casarrubia, presentó los términos del acuerdo de juicio abreviado pleno que fuera firmado por el imputado y la defensa ejercida por el doctor Walter Helmut Kuhbacher, en el que aceptaron la pena de tres años de prisión de cumplimiento en suspenso y reglas de conducta, entre las que se destaca la del pago del tratamiento psicoterapéutico a la víctima menor de edad, por el tiempo que demande el mismo.

El hecho

El hecho ocurrió entre los años 2015 y 2018, ocasión en el que el ahora condenado, abusó sexualmente de su hija –no reconocida- cuando la niña tenía entre 5 y 8 años de edad, en el domicilio de aquel, cuando la menor lo visitaba, ingresando a la pieza donde dormía la niña para aprovechar y manosearle en sus partes íntimas.

El caso salió a la luz luego de que la niña participara en una charla sobre consumo problemático de sustancias, organizada por la Capilla de la localidad de Yofre en su escuela.

Allí la menor solicitó hablar en privado con personal de la escuela y expresó que hacía tiempo tenía muchas cosas en su cabeza que no le dejaban concentrarse, que sentía mucha angustia y tristeza, y les expuso lo sucedido.

La condena

Finalmente la Juez, luego de verificar la legalidad del acuerdo, y el conocimiento del imputado de sus consecuencias y su suscripción en forma libre y voluntaria, homologó el mismo y dictó la pena de TRES AÑOS DE PRISIÓN DE CUMPLIMIENTO EN SUSPENSO, más costas, por encontrarlo penalmente responsable del delito de ABUSO SEXUAL SIMPLE AGRAVADO POR LA CONDICIÓN DEL SUJETO ACTIVO en la modalidad de DELITO CONTINUADO en carácter de AUTOR MATERIAL, imponiéndole reglas de conducta por el plazo de cuatro años, entre las que se destaca la de asumir todos los gastos que conlleve el tratamiento psicoterapéutico de la niña víctima de ahora 13 años, a modo de reparación del daño causado.

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